¿Se puede anular la matrícula por cualquier motivo?
No. El alumnado podrá solicitar la anulación de su matrícula, si, por razones justificadas, no puede asistir a clase.
¿Cuándo hay que solicitarlo?
Tendrá que solicitarlo antes del 30 de abril del curso escolar que corresponda.
¿Hay que aportar alguna documentación?
Sí. Junto a la solicitud, habrá que adjuntar la documentación que justifique las circunstancias que imposibilitan su asistencia a clase.
¿Quién resuelve la solicitud?
Será la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, la que, previo informes de la dirección del Centro y del Servicio de Inspección de Educación, podrá dejar sin efecto, por una sola vez, la matrícula formalizada.
¿Qué efectos tendrá la anulación?
La resolución favorable de la solicitud permitirá no considerar la matrícula a los efectos del límite de permanencia en la enseñanza para la que se ha solicitado anulación de matrícula.
La anulación de la matrícula, no dará derecho a la devolución de las tasas académicas.
El alumnado que, habiendo anulado la matrícula, desee continuar sus estudios musicales en un futuro, se atendrá a las normas establecidas para el reingreso |